Un
Millón de Trabajadores tiene Seguro de Desempleo
Santiago, abril 15 de 2003. Un total de 1.043.273 trabajadores chilenos
se han incorporado al seguro de desempleo entre el 1° de octubre
de 2002 y el 14 de abril de 2003, según estadísticas
de la Sociedad Administradora de Fondos de Cesantía de Chile.
La cifra representa un tercio de la masa laboral susceptible de
estar cubierta por este beneficio social, la que asciende a unos
tres millones de trabajadores.
Del total de afiliados en los primeros seis meses y medio de operación
del sistema, cerca del 80% corresponde a trabajadores con contratos
a plazo, por obra o faena, en tanto el 20% restante corresponde
a personas que tienen contrato a plazo indefinido.
“Los primeros seis meses de funcionamiento de este nuevo sistema
de protección laboral se han caracterizado por una afiliación
masiva, lo que ha permitido superar con creces las proyecciones
originales”, destacó el gerente general de AFC Chile,
Patricio Calvo.
“El seguro de cesantía establecido en nuestro país
es conveniente para todos los trabajadores, independientemente de
su renta”, afirmó el ejecutivo. Según explicó,
para los trabajadores de rentas más bajas el sistema tiene
un componente de seguro, mientras que para las personas con sueldos
medios y altos representa más bien un atractivo instrumento
de ahorro, básicamente por los beneficios tributarios asociados.
Patricio Calvo aseguró, además, que una de las grandes
bondades del seguro de desempleo es que crea para los trabajadores
“una indemnización a todo evento”, puesto que
no sólo opera en caso de despido por necesidades de la empresa
sino también cuando hay renuncia voluntaria, mutuo acuerdo
o término del contrato a plazo fijo, por obra o faena determinada.
“El seguro de cesantía abre la posibilidad a todos
los trabajadores de disponer de un respaldo monetario para enfrentar
una eventual situación de desempleo o de movilidad laboral
sin los riesgos que involucra el total desamparo económico”,
sostuvo.
El seguro de desempleo está vigente en el país desde
el 1° de octubre de 2002, siendo un sistema obligatorio para
todos los trabajadores dependientes que inician o reinician labores
reguladas por el Código del Trabajo a partir del 2 de octubre
de 2002, y voluntario para todos aquellos que mantienen un contrato
iniciado antes de esa fecha. |