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8. COMISIONES
¿ Qué se entiende por comisiones en el régimen de Seguro de Cesantía?
La administración del Seguro de Cesantía está a cargo de AFC, una sociedad anónima constituida en Chile y de giro único, cuyo objeto exclusivo es administrar los fondos de cesantía y de cesantía solidario, y otorgar y administrar las prestaciones y beneficios que establece la Ley.
 
¿A quiénes se les cobra comisión?
La Sociedad Administradora tiene derecho por Ley a una retribución establecida sobre la base de comisiones a cargo de los aportantes, las que deben ser rebajadas mensualmente de las cuentas individuales por cesantía y de la cuenta fondo de cesantía solidario.

La Ley señala expresamente que sólo pueden estar sujetos al cobro de comisiones los trabajadores que se encuentren cotizando. Es decir, que realicen aportaciones con al menos un empleador.
 
¿Qué servicios presta la sociedad administradora a sus afiliados?
Los servicios que presta la sociedad administradora del Seguro de Cesantía, AFC Chile, son los siguientes:

-Recaudar las cotizaciones obligatorias tanto al trabajador como al empleador.

-Cobrar las cotizaciones o aportes que estén impagos o no hayan sido declarados oportunamente.

-Abonar tanto las cotizaciones en las cuentas individuales como los aportes que efectúa el Estado en el fondo solidario, manteniendo ambos fondos actualizados.

-Invertir el fondo de cesantía y fondo de cesantía solidario, en los valores que la Ley permite, de modo de lograr para los afiliados la mejor rentabilidad y seguridad.

-Tramitar y otorgar los beneficios, manteniendo oficinas y agencias y sistemas computacionales modernos que permita a todos sus afiliados su fácil cobro.

-Enviar los antecedentes necesarios de los beneficiarios del Seguro de Cesantía a las oficinas laborales de las Municipalidades (OMIL) que correspondan a los domicilios de los afiliados o que se encuentren más próximas a ellos.
 
¿ Cuál es el monto de la comisión que cobra AFC Chile por sus servicios?
El monto de la comisión asciende a un 0.6 % de base anual sobre el saldo de los fondos de cesantía y solidario.

El servicio de administración del Seguro de Cesantía fue adjudicado mediante una licitación pública realizada por el Gobierno de Chile, contexto en el cual la Administradora de Fondos de Cesantía fue la que ofreció cobrar la comisión anual más baja.
 
Las restantes ofertas postularon un cobro de 1% y 1,5% respectivamente.
 
¿Cómo varía la comisión?
La comisión a cobrar por la AFC deberá incrementarse o reducirse hasta en un 10% cada mes, de acuerdo a la rentabilidad obtenida de la inversión de los fondos, según lo establece la normativa vigente.

 

Otras Comisiones Cargadas a los Fondos de Cesantía

 

Descargue aquí el último informe disponible sobre Comisiones pagadas por los Fondos de Pensiones y de Cesantía y sus Administradoras por la inversión en cuotas de fondos mutuos y de inversión.