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| 8. COMISIONES |
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| ¿ Qué se entiende por comisiones
en el régimen de Seguro de Cesantía? |
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La administración
del Seguro de Cesantía está a cargo de AFC, una sociedad
anónima constituida en Chile y de giro único, cuyo
objeto exclusivo es administrar los fondos de cesantía y
de cesantía solidario, y otorgar y administrar las prestaciones
y beneficios que establece la Ley. |
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| ¿A quiénes se les cobra
comisión? |
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La Sociedad Administradora
tiene derecho por Ley a una retribución establecida sobre
la base de comisiones a cargo de los aportantes, las que deben ser
rebajadas mensualmente de las cuentas individuales por cesantía
y de la cuenta fondo de cesantía solidario.
La Ley señala expresamente que sólo pueden estar sujetos
al cobro de comisiones los trabajadores que se encuentren cotizando.
Es decir, que realicen aportaciones con al menos un empleador. |
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| ¿Qué servicios presta la
sociedad administradora a sus afiliados? |
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Los servicios que presta
la sociedad administradora del Seguro de Cesantía, AFC Chile,
son los siguientes:
-Recaudar las cotizaciones obligatorias tanto al trabajador como
al empleador.
-Cobrar las cotizaciones o aportes que estén impagos o no
hayan sido declarados oportunamente.
-Abonar tanto las cotizaciones en las cuentas individuales como
los aportes que efectúa el Estado en el fondo solidario,
manteniendo ambos fondos actualizados.
-Invertir el fondo de cesantía y fondo de cesantía
solidario, en los valores que la Ley
permite, de modo de lograr para los afiliados la mejor rentabilidad
y seguridad.
-Tramitar y otorgar los beneficios, manteniendo oficinas y agencias
y sistemas computacionales modernos que permita a todos sus afiliados
su fácil cobro.
-Enviar los antecedentes necesarios de los beneficiarios del Seguro
de Cesantía a las oficinas laborales de las Municipalidades
(OMIL) que correspondan a los domicilios de los afiliados o que
se encuentren más próximas a ellos. |
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| ¿ Cuál es el monto de la
comisión que cobra AFC Chile por sus servicios? |
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El monto de la comisión
asciende a un 0.6 % de base anual sobre el saldo de los fondos de
cesantía y solidario.
El servicio de administración del Seguro de Cesantía
fue adjudicado mediante una licitación pública realizada
por el Gobierno de Chile, contexto en el cual la Administradora
de Fondos de Cesantía fue la que ofreció cobrar la
comisión anual más baja.
Las restantes ofertas postularon
un cobro de 1% y 1,5% respectivamente. |
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La comisión a cobrar
por la AFC deberá incrementarse o reducirse hasta en un 10% cada
mes, de acuerdo a la rentabilidad obtenida de la inversión de los
fondos, según lo establece la normativa vigente. |
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Otras Comisiones Cargadas a los Fondos de
Cesantía
Descargue
aquí el último informe
disponible sobre Comisiones pagadas por los Fondos de Pensiones y de
Cesantía y sus Administradoras por la inversión en cuotas de fondos
mutuos y de inversión.
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